At a Glance
| Pregunta | Respuesta | Detalles |
|---|---|---|
| ¿Límite del depósito de seguridad? | 1 mes de alquiler | Para contratos de menos de 1 año; sin límite para contratos de 1 año o más |
| ¿Control de alquileres? | No | New Mexico no tiene control de alquileres |
| ¿Aviso requerido para aumentar el alquiler? | 30 días | Para arrendamientos mes a mes |
| ¿Se requiere contrato por escrito? | Sí, para contratos > 1 año | Los contratos mes a mes pueden ser orales |
| ¿Aviso de entrada del propietario? | 24 horas | Se requiere aviso por escrito antes de la entrada |
Depósitos de Seguridad
La ley de New Mexico limita los depósitos de seguridad según la duración del contrato de arrendamiento. Para contratos de menos de un año, el depósito máximo es de un mes de alquiler. Para contratos de un año o más, no existe un límite legal sobre el monto del depósito.
Los propietarios deben devolver el depósito dentro de los 30 días posteriores a que el inquilino desocupe la unidad y proporcione una dirección de reenvío. La devolución debe incluir una lista detallada de cualquier deducción.
Procedimientos de Desalojo
New Mexico requiere que los propietarios sigan procedimientos legales específicos para desalojar a un inquilino bajo la Ley Uniforme de Relaciones entre Propietarios y Residentes. Los desalojos por cuenta propia (cambiar cerraduras, cortar servicios públicos, retirar pertenencias) son ilegales.
Requisitos de Aviso
- Aviso de 3 días: Por falta de pago del alquiler; el inquilino tiene 3 días para pagar o desocupar
- Aviso de 7 días: Por violaciones del contrato; el inquilino tiene 7 días para corregir la violación o desocupar
- Aviso de 30 días: Para la terminación de un arrendamiento mes a mes sin causa
- Acción inmediata: Por actividad criminal o acciones que representen una amenaza inmediata para la salud y la seguridad, el propietario puede proceder directamente ante el tribunal
Después de que expire el período de aviso, si el inquilino no ha cumplido, el propietario debe presentar una acción de desalojo ante el tribunal correspondiente. Solo una orden judicial puede obligar a un inquilino a desocupar.
Control de Alquileres
New Mexico no tiene ninguna forma de control de alquileres. Los propietarios pueden aumentar el alquiler en cualquier cantidad con el aviso adecuado. Para arrendamientos mes a mes, los propietarios deben proporcionar al menos 30 días de aviso por escrito antes de que un aumento de alquiler entre en vigor.
No existen ordenanzas de control de alquileres estatales o locales en New Mexico.
cite: N.M. Stat. § 47-8-1 et seq.
Contratos de Arrendamiento
New Mexico no requiere un contrato de arrendamiento por escrito para arrendamientos de un año o menos. Sin embargo, cualquier contrato de más de un año debe ser por escrito para ser ejecutable. Se recomienda encarecidamente los contratos escritos para definir claramente los términos y responsabilidades de ambas partes.
Divulgaciones Requeridas
Los propietarios de New Mexico deben proporcionar las siguientes divulgaciones:
- Pintura a base de plomo (propiedades anteriores a 1978)
- Declaración de condición al momento de la mudanza: Un inventario escrito de la condición de las instalaciones al momento de la mudanza
- Nombre y dirección: Del propietario y cualquier persona autorizada para administrar las instalaciones o recibir notificaciones de procesos y demandas en nombre del propietario
- Servicios públicos: Divulgación de cómo se miden los servicios públicos y qué parte es responsable del pago
Derechos de los Inquilinos
New Mexico proporciona protecciones importantes para los inquilinos:
- Habitabilidad: Los propietarios deben mantener las unidades de alquiler en condiciones habitables, incluyendo plomería, calefacción, sistemas eléctricos e integridad estructural en funcionamiento
- Protección contra represalias: Los propietarios no pueden tomar represalias contra los inquilinos que ejerzan sus derechos legales, como reportar violaciones de código, solicitar reparaciones o unirse a una organización de inquilinos
- Protección contra discriminación: La Ley de Derechos Humanos de New Mexico prohíbe la discriminación basada en raza, color, religión, origen nacional, ascendencia, sexo, orientación sexual, identidad de género, afiliación conyugal, discapacidad física o mental y condición médica grave
- Derecho a la privacidad: Los propietarios deben proporcionar al menos 24 horas de aviso antes de ingresar a la unidad del inquilino, excepto en emergencias
- Recursos de reparación: Los inquilinos pueden buscar recursos que incluyen reducción del alquiler o terminación del contrato si el propietario no mantiene la habitabilidad después de un aviso por escrito adecuado
- Protecciones por violencia doméstica: Las víctimas de violencia doméstica pueden solicitar cambios de cerraduras y pueden terminar su contrato de arrendamiento anticipadamente con la documentación adecuada